Sistema de evaluación y arbitraje

Proceso de evaluación por pares a doble ciego

Para garantizar la originalidad y rigurosidad académica de todo ensayo o artículo que sea publicado en ECA, se establece un proceso de arbitraje por pares evaluadores expertos en las diferentes disciplinas académicas, que comprende lo siguiente:

a) Todo ensayo o artículo propuesto para ser publicado en las secciones de la revista será sometido a una fase de selección en la que se evaluará la pertinencia del manuscrito. Se analizará si el texto responde a una problemática de la realidad salvadoreña o centroamericana o si está vinculado con la temática del número específico de la revista. Si, se tratara de un número monográfico, los artículos deberán corresponder con la línea de investigación que se trate en el número.

b) Se evaluará, asimismo, que los artículos o ensayos cumplan con los requisitos académicos de un trabajo científico; es decir, que esté escrito con coherencia, claridad y cohesión, y que las hipótesis o tesis expuestas estén debidamente fundamentadas. Además, se analizará el aparato crítico, es decir, las fuentes consultadas.

c) La dirección de ECA notificará a los autores si su ensayo o artículo ha sido considerado para ser sometido al proceso de arbitraje o si ha sido rechazado en esta etapa.

d) Los ensayos o artículos que sean seleccionados para la etapa de evaluación serán remitidos al menos a dos especialistas externos de la disciplina académica correspondiente. Para escoger a los evaluadores externos, se tomará en cuenta su trayectoria académica y sus líneas de investigación o especialización. La nómina de evaluadores se publicará en la revista.

e) El proceso de arbitraje se realiza mediante una revisión de pares a doble ciego: los autores no tienen conocimiento de quiénes son sus evaluadores, ni los evaluadores conocen la autoría o filiación institucional de los autores.

f) El dictamen de los evaluadores puede determinar lo siguiente:

  1. Que el texto puede ser publicado luego de subsanar cambios leves en cuanto a estilo o aclaración de puntos específicos de la investigación.
  2. Que el texto puede ser publicado luego de subsanar cambios mayores en cuanto a contenido, para lo cual se señalará qué partes del texto deben ser mejoradas.
  3. Que el texto no puede ser publicado.

g) En cualquiera de los casos anteriores, los evaluadores fundamentarán y detallarán los motivos de su decisión.

h) En caso de existir controversia entre los evaluadores, se consultará a un tercer experto que, en conjunto con la dirección de ECA, determinará la publicación o rechazo del ensayo o artículo.

i) La Dirección y el Consejo editorial de ECA se reservan el derecho de someter a un gestor antiplagio los trabajos recibidos, lo cual también se hará constar en el dictamen definitivo.

j) El dictamen será remitido a los autores y se considerará inapelable y definitivo.

k) Los autores tendrán un plazo definido en el dictamen para subsanar las observaciones realizadas por los evaluadores o la Dirección de ECA, inclusive.

l) El Consejo editorial junto con la Dirección de la revista verificará la versión final de ensayo o artículo y determinará si las observaciones han sido tomadas en cuenta por los autores. Los textos deberán ser rechazados en esta etapa por no cumplir con este requisito.

m) Los trabajos aceptados se someterán a corrección de estilo. Los autores deberán acatar las observaciones realizadas en cuanto a aspectos ortográficos, de sintaxis y redacción. Las controversias suscitadas en este aspecto se dirimirán con la Dirección de ECA y el Consejo editorial.